¿Cuántas unidades de crédito se deben aprobar con actividades acreditables?
Según el artículo 29 de la Resolución Nro. 549 (Agosto, 2010) se considera obligatoria la aprobación de seis (06) unidades de crédito en actividades acreditables para obtener el título de Técnico Superior Universitario, y de doce (12) unidades de crédito para obtener el título de Ingeniero.
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